enero 21, 2014

Por una nueva relación con los conflictos sociales, basada en el respeto de los derechos humanos

Ley exime de culpas a agentes del orden
 si causan lesiones o muertes ocurridas
en contextos de conflictos sociales.
(La República)


La Red Muqui rechaza la aprobación de la Ley No. 30151 que modifica el inciso 11 del artículo 20º del Código Penal que declara exento de responsabilidad penal al efectivo militar o policial que en cumplimiento de su deber cause lesiones o muerte con su arma u otro medio de defensa.



La norma, no toma en cuenta estándares internacionales de derechos humanos, que exigen que el uso de las fuerzas del orden deban respetar  los principios de necesidad y proporcionalidad y deja abierta la posibilidad de impunidad en casos de violaciones de derechos humanos.

La Defensoría del Pueblo ha señalado que en los dos últimos años, en contextos de conflictividad social, se han reportado más de 949 heridos y hasta 34 civiles fallecidos. La Red Muqui a través de sus instituciones socias ha tomado conocimiento que en la mayoría de investigaciones por muertes y lesiones ocurridas en contextos de conflictos sociales, el Ministerio Público viene archivando  los casos.

El actual  contexto de criminalización de la protesta social, mediante la cual el Estado en lugar de atender la justas demandas de extensos sectores de la sociedad para que se respete derechos fundamentales como el derecho a la vida, al desarrollo social en un ambiente sano, a elegir un modelo de desarrollo comunal de acuerdo a sus costumbres, cultura, etc.; lo que hace es instrumentalizar el derecho penal para perseguir a los líderes, dirigentes y acallar sus protestas priorizando el uso indiscriminado e irracional de la fuerza. De esta manera, la aprobación de la Ley es una de sus últimas manifestaciones para eximir de responsabilidad a los agentes de esa arbitraria represión. 

Junto a esta norma tenemos otras medidas gubernamentales que configuran un escenario  crítico en el campo de los derechos humanos. Así tenemos la creación de los frentes policiales y nuevas comisarías en las llamadas zonas mineras del país o los contratos entre la Policía Nacional y las empresas mineras, que en la práctica privatizan los servicios de la seguridad pública y los subordinan a los intereses económicos.

Esto es más preocupante cuando comprobamos que en vez de poner en vigencia un escenario de apertura real para perfilar una nueva minería en el Perú, autoridades y funcionarios del Estado continúan expresando una visión de los conflictos socio ambientales asociándolos a la tesis del “complot minero” –justificativo de la violación de los derechos humanos fundamentales-.

 Frente a esta situación, la Red Muqui comparte con otras instituciones y personalidades la exigencia de derogar la Ley No. 30151, al mismo tiempo reitera un conjunto de propuestas relacionadas con la defensa de los derechos humanos, como base sustancial de una nueva relación con la minería y las industrias extractivas. Propuestas formuladas en el marco de los “diálogos ciudadanos” para una agenda de políticas para una nueva minería en el Perú:

1.       Garantizar la existencia de canales institucionales para el ejercicio de la ciudadanía ambiental.

2.       Aprobar procedimientos precisos que deben usarse en el control del orden interno, asegurando la adecuación de esta normativa a los estándares internacionales sobre el uso de la fuerza. Ello implica derogar el Decreto Legislativo 1095 y otros.

3.       Promover y garantizar la capacitación continua, en el manejo de conflictos sociales, de los policías llamados a intervenir y dotar de armamento no letal y equipos protectores para los efectivos policiales que participan en el control del orden interno.

4.       Garantizar el acceso a la justicia, verdad y reparación de los afectados por el uso abusivo de la fuerza en situaciones de protesta social. Habilitar de manera urgente un procedimiento administrativo para la reparación de los afectados, incluyendo mujeres y niños dependientes de los primariamente afectados. El Estado tiene la obligación de investigar y sancionar.

5.       Se respete el  debido proceso a las personas procesadas en el contexto de la protesta social. Derogar las normas que criminalizan la protesta social y permite  investigar  a las personas fuera de sus ámbitos de competencia.

6.       Establecer un sistema normativo que permita el procesamiento y sanción a las empresas y/o sus directivos en que se vean involucradas en violaciones de derechos humanos. Eliminar la prestación de servicios privados de seguridad por las fuerzas del orden a las empresas extractivas, sea cual sea la forma jurídica por la que se brinden éstos. Así mismo anular los convenios existentes entre empresas mineras y la Policía Nacional.

Fuente: Red de Propuesta y Acción. Red Muqui.