CHIRAPAQ
Centro de Culturas Indígenas del Perú, manifestó que el racismo y la
discriminación obstaculizan la identificación como indígenas.
El cuestionar si los pueblos andinos son
indígenas o no es usado como estrategia por un sector del gobierno que teme que
la aplicación de consulta previa en el Perú reduzca las inversiones y frene el
acelerado crecimiento económico que nuestro país experimenta en años
recientes.
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Señalan que controversia sobre identidad indígena de los pueblos andinos ya fue rebatida por las Naciones Unidas (Foto: Chirapaq) |
El anuncio extraoficial de la salida del
viceministro de interculturalidad, Iván Lanegra, ante presiones de las carteras
de energía y minas y economía, así lo confirman.
“Toda mi vida me dijeron comemote, india,
serrana. Y ahora que defiendo mis derechos, me dicen que no soy nada de lo que
me decían que era”, nos cuenta una mujer quechua que hoy reside en Lima.
Desde la concepción de la Ley de consulta previay
la guía metodológica para su implementación, el identificar quien es indígena,
es decir, quién es sujeto a ser consultado, conlleva numerosas restricciones y
requisitos difíciles de cumplir. Entre ellos, el probar nuestra descendencia
indígena y el que mantenemos nuestras instituciones tradicionales propias.
Conservar todo o en parte de las
instituciones y cultura originaria, dentro de nuestra tradición académica y
política, ha resultado polémico y difícil de establecer y en la práctica social
ha sido pretexto para sostener que en realidad no hay pueblos indígenas en
nuestro país o que su presencia es mínima.
Continuar circunscribiendo a los pueblos
indígenas dentro de comunidades es una visión esencialista y cerrada de lo que
significa ser indígena hoy en pleno siglo XXI, cuando la identidad trasciende
el ámbito de las comunidades y alcanza también las urbes y se transforma y
renueva constantemente con el paso de la historia.
En el Perú el auto reconocerse parte de un pueblo
indígena es un proceso reciente, que arrastra taras y herencias dolorosas de
racismo y discriminación relacionadas con la denominación peyorativa de indios
y que intentó ser superada con el nombre de campesinos, que en la práctica, ha
significado una fragmentación cultural y social, de la cual han sacado partido
diferentes gobiernos y empresas.
No resulta pues extraño que se cuestione además
el que las comunidades de la costa no sean incluidas dentro del proceso de consulta,
en previsión de que los proyectos agroindustriales sean sometidas a dicho
instrumento.
CHIRAPAQ Centro de Culturas Indígenas del
Perú, desde hace más de 25 años, promueve la afirmación de la identidad
cultural y el reconocimiento de los derechos de nuestros pueblos. Integrados
por andinos y amazónicos y por nuestra alianza con organizaciones indígenas en
ambos ámbitos, rechazamos el que se pretenda cuestionar quienes somos
indígenas.
Consideramos que esta noción recae más bien
en una reflexión íntima, personal, sobre nuestros orígenes, el espíritu del
vivir colectivo y la cultura de nuestros antepasados tal y como lo señalan
instrumentos internacionales como la Declaración de las Naciones Unidas sobre
los derechos de los pueblos indígenas.
A nivel internacional, los argumentos
esgrimidos por este sector del gobierno han sido rebatidos y superados
ampliamente.
Ya en 2009 el Comité para la Eliminación de
la Discriminación Racial CERD dijo al Perú que el uso de los términos
“comunidades campesinas” y “comunidades nativas” corresponden a la categoría de
“pueblos indígenas” y que por lo tanto, estas también tienen derecho a ser consultadas.
Ese mismo año, la Organización Internacional
del Trabajo OIT, señaló que las comunidades campesinas, independientemente de
su denominación, también son sujetas al Convenio Nro.169 por contar con una
cultura y estructura social y económica propias y estar regidas por sus propias
costumbres y tradiciones.
De vuelta a nuestro país, avances
legislativos como la Ley Nº 27811, que establece el régimen de protección de
los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas, esclarece que no es
necesario el uso del término “indígena” para asegurar la protección de nuestros
derechos.
La Defensoría del Pueblo también ha indicado en
informes anteriores que es necesario contar con la participación de las
organizaciones indígenas para fijar los criterios y mecanismos de
identificación aplicables a la consulta.
Asimismo, manifestó claramente que en el Perú
existe una discriminación histórica que acompaña el uso del término indígena,
pero que ello no debería frenar la protección de los derechos de esos pueblos y
a garantizar el respeto de su integridad y libre desarrollo.
Lo que identificamos dentro del proceso de
implementación de la Ley Consulta es la necesidad de restringir y reducir a un
mínimo posible lo indígena, circunscribirlo a espacios geográficos definidos y
reducir el número de pueblos y comunidades a ser consultados estableciendo
criterios que no forman parte de lo establecido en el Convenio Nro.169 de la
OIT.
Reafirmamos lo dicho por el Relator especial
sobre los derechos de los pueblos indígenas, James Anaya, durante su reciente
paso por Lima: es el Estado quien debe facilitar la construcción de consensos
en el futuro y una paz social duradera para los pueblos indígenas y la sociedad
en su conjunto a través de la consulta.
CHIRAPAQ hace un llamado a la sociedad en su
conjunto, para abrir nuestras mentes y despertar nuestro aletargado sentido de
la justicia y la democracia, a fin de no permitir que la demanda de bienestar
económico restrinja aún más los derechos de compatriotas históricamente
excluidos, como son los pueblos indígenas.
Por el contrario, consideramos que la
consulta permitiría un mayor control sobre el manejo de nuestros recursos
naturales, brindándole la oportunidad a aquellos que los han preservado, de
aportar en estas decisiones con miras hacia una nueva visión de desarrollo
sostenible, que asegure este legado a las generaciones futuras y en beneficio
de todos.