Ante las declaraciones del Presidente de la República Ollanta Humala, señalando que sólo las comunidades nativas son pueblos indígenas; del Presidente del Consejo de Ministros, Juan Jiménez, sosteniendo que no se realizaría procesos de consulta en los Andes del país y del Ministro de Cultura Luis Peirano, relativizando la importancia de la identificación del sujeto de la consulta, la Red Muqui expresa lo siguiente:
1. Somos un país multiétnico y pluricultural, que históricamente ha sido indiferente frente a las comunidades campesinas y nativas, desconociendo sus derechos, especialmente los referidos al aprovechamiento de los recursos naturales ubicados en sus territorios.
2. El Estado peruano es signatario del Convenio 169 de la OIT, vigente desde el año de 1995, por lo cual está obligado, entre otras cosas, a consultar a los denominados pueblos indígenas previamente a la aprobación de medidas legislativas y administrativas que puedan afectarlos directamente.
3. El Estado peruano ha reconocido en comunicaciones oficiales, incluso dirigidas a la OIT, como pueblos indígenas a las comunidades campesinas y nativas, ubicadas en las regiones andina, costeña y amazónica. Estas organizaciones han mantenido elementos fundamentales de su identidad colectiva, tradiciones, vínculos históricos, formas de organización, etc., que permiten identificarlas como pueblos indígenas.
4. En aplicación del Convenio Nº 169 de OIT se aprobó en setiembre de 2011 la Ley de Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios y meses después su respectivo reglamento, en los que se reconoce como sujetos de este derecho a los pueblos indígenas u originarios.
5. Respecto a las normas sobre el Derecho a la Consulta Previa, uno de los aspectos más criticados por las organizaciones indígenas ha sido la indeterminación de los sujetos de la consulta, pues no se reconoce, plenamente, a las comunidades campesinas y nativas como pueblos indígenas.
6. En ese contexto, preocupan las recientes declaraciones de nuestras máximas autoridades que transmiten mensajes que ponen incluso, en duda, la aplicación de la consulta misma, desandando así lo poco que se ha avanzado en este campo.
7. Resultaría contrario al Convenio Nº 169 y a la Ley de Consulta Previa no consultar a las comunidades un paquete de proyectos mineros, que pueden afectar los derechos territoriales de esas organizaciones, bajo el argumento de que no son pueblos indígenas.
8. Contrariamente a lo sostenido por el Ministro de Cultura consideramos necesario identificar quiénes son pueblos indígenas u originarios en el Perú. De esta manera, el Estado reconocerá sus derechos, y creará las condiciones necesarias para que puedan ejercerlos. De lo contrario, se seguirá actuando como si no existieran, afectando sus derechos a la tierra, al libre acceso a los recursos naturales, conocimientos ancestrales, educación y salud intercultural, etc. Es por ello, que se hace necesario contar con una base de datos, porque se muestra insuficiente que las comunidades soliciten ser consultadas en cada situación concreta.
9. No cabe duda que la consulta previa constituye el inicio de un proceso de construcción de un Estado que asume la pluralidad étnica y cultural de su población, revalorándola para promover formas de convivencia pacífica y de desarrollo más inclusivas, en base al diálogo, el respeto mutuo y la buena fe.
10. Todo lo mencionado nos lleva a pensar que existe un retroceso en la voluntad de las autoridades del gobierno para aplicar el derecho a la consulta previa, yendo en contra no solo del Convenio 169 de la OIT, sino de la propia Ley y su Reglamento, aprobados en esta gestión.
Por todas estas consideraciones la Red Muqui, y sus instituciones socias ubicadas en 11 de departamentos del país, solicitamos al gobierno el cumplimiento de su compromiso de garantizar el ejercicio pleno del derecho de la consulta, como uno de los componentes centrales para la construcción de una nueva relación entre el Estado y los pueblos indígenas, donde a través del diálogo se salde la deuda histórica de su participación en las decisiones públicas. Consideramos que la vigencia de la consulta previa es parte de la agenda de cambios que se requiere impulsar para reorientar al país hacia una sociedad más democrática, inclusiva y con un desarrollo sostenible.
Red Muqui
CooperAcción/Fedepaz/Red Uniendo Manos/APRODEH/CEPES/Grupo Propuesta Ciudadana/Programa de Estudios sobre Democracia y Transformación Global/Grufides-Cajamarca/Andes-Pasco/AMAS-La Libertad/Centro Labor-Pasco/ Asociación Arariwa-Cusco/Red Regional Agua Desarrollo y Democracia- Piura/Derechos Humanos sin Fronteras-Cusco/Centro Andino de Educación y Promoción José María Arguedas/CEDAP-Ayacucho/ PASSDIH-Huancayo/Proyecto Amigo- La Libertad/Huñuq Mayu- Apurímac.
Lima, 30 de mayo del 2013
Fuente: Red Muqui